¿Qué es la rehabilitación de vivienda?
Opción A: Se entienden aquellas obras de mejora de las instalaciones de suministro de agua o eléctricas, así como las obras asociadas a ellas como la renovación de cocinas y baños, y actuaciones de mejora de eficiencia energética en las viviendas que permitan reducir el consumo energético, mejorando el aislamiento.
¿Quien puede beneficiarse de las ayudas?
Los promotores de la rehabilitación de su vivienda habitual y permanente, tanto los propietarios de las viviendas como los inquilinos autorizados por el propietario.
¿Qué condiciones deben cumplirse?
Los ingresos familiares de las personas físicas beneficiarias de las ayudas no podrán exceder de 6.5 veces el IPREM*.
No ser titular de ninguna otra vivienda con protección pública.
IMPORTANTE
Las obras no se deberán comenzar hasta la obtención de la Calificación Provisional. Las ayudas recibidas están sujetas a declaración en el IRPF.
Normativa aplicable*
REAL DECRETO 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
DECRETO 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012.
ORDEN de 28 de julio de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de las medidas de financiación de actuaciones protegidas previstas en los planes de vivienda y suelo.
* Normativa actualizada en http://www.cma.gva.es/vivienda
¿Dónde puedo tramitar las ayudas?
Servicio Territorial de Alicante
Avda. Aguilera, 1 , Alicante
Servicio Territorial de Castellón
Avda. del Mar, 16, Castellón - PROP
Servicio Territorial de Valencia
C/ Gregori Gea, 27, Valencia - PROP
Oficinas Comarcales de Rehabilitación de Alcoy, Alzira, Elche,
Gandía, Llíria, Ontinyent, Orihuela, Requena, Sagunto.
Información
Para más información: Llamar al 012
Consultar la web de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda: http://www.cma.gva.es/vivienda